La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha confirmado la sanción de un año de suspensión de funciones que fue impuesta a un juez de lo Penal de Tarragona por falta muy grave al retrasarse de forma injustificada en procesos y causas diversas.
“Se persigue evitar retrasos y dilaciones indebidas”
Lo que se reprocha es que, una vez atendidas las circunstancias del propio Juzgado, la actividad desplegada por el recurrente en la labor fundamental como juez de lo Penal, de dictar sentencias y despachar las ejecutorias, resulta insuficiente y escaso, con la consiguiente incidencia en el retraso de la Administración de la Justicia. Lo que se persigue por tanto es evitar los retrasos y dilaciones indebidas y conseguir siempre una mayor agilidad y eficacia.
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