Existen sentencias recientes que demuestran que el prorrateo de pagas extra puede ser ilegal, especialmente cuando el convenio colectivo lo prohíbe expresamente. En estos casos, el trabajador tiene derecho a reclamar el pago íntegro de las pagas extra, aunque no las haya cobrado aún.
Sentencias relevantes del TSJ de Canarias:
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Sentencia nº 792/2022
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Se analiza si se debe abonar en el finiquito la parte proporcional de la paga de Navidad.
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El tribunal concluye que:
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Si el trabajador ha estado de baja (incapacidad temporal) y el contrato está suspendido, la empresa no tiene que pagar sueldo durante ese tiempo.
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Sí debe abonarse la parte proporcional de la paga extra correspondiente a los meses efectivamente trabajados.
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Otra sentencia del mismo tribunal
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Se analiza el prorrateo de pagas cuando el convenio colectivo lo prohíbe.
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El fallo establece que:
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Si el convenio no permite el prorrateo, la empresa no puede incluir las pagas extra en el salario mensual.
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El trabajador puede reclamar el pago íntegro de esas pagas, incluso si no las ha cobrado hasta el momento.
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Conclusión práctica:
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¿Es legal el prorrateo?
→ Solo si el convenio colectivo lo permite. Si lo prohíbe, el prorrateo es ilegal. -
¿Se pueden reclamar las pagas extra no cobradas?
→ Sí, especialmente si han sido indebidamente prorrateadas en contra del convenio. -
¿Qué ocurre en caso de baja médica?
→ No se abona salario ni pagas extra mientras dura la baja, pero sí se abona la parte proporcional de las pagas correspondientes al tiempo efectivamente trabajado.
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