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Autor: Jaime Garriga, abogado de G2 Abogados. Colegiado nº 85569.
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¿Qué ha ocurrido?

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha declarado improcedente el despido disciplinario de un trabajador con más de 17 años de antigüedad en la empresa, pese a que este había sido condenado penalmente por el robo de dos teléfonos móviles valorados en 1.568,90 euros.

La empresa fue condenada a readmitir al trabajador o abonarle una indemnización de 55.250,80 euros.

¿Cuáles fueron los hechos?

El trabajador, encargado en un centro logístico, se apoderó en agosto de 2019 de dos terminales móviles destinados a devolución al proveedor. Fue interceptado por la policía al intentar venderlos.

El procedimiento penal terminó con condena firme confirmada por la Audiencia Provincial.

Una vez recibida la firmeza de la sentencia penal, la empresa procedió a entregar carta de despido disciplinario, calificando la falta como muy grave según el convenio colectivo.

¿Por qué se declaró improcedente el despido?

El elemento clave del caso no fue la gravedad de la conducta, sino la prescripción de la falta laboral.

El artículo 60.2 del Estatuto de los Trabajadores establece que:

  • Las faltas muy graves prescriben a los 60 días desde que la empresa tiene conocimiento de los hechos.

  • En todo caso, a los seis meses desde su comisión.

En este caso:

  • Los hechos ocurrieron el 27 de agosto de 2019.

  • El despido se comunicó el 1 de febrero de 2023.

  • La empresa esperó a que existiera sentencia penal firme.

El TSJ confirmó que no se pueden justificar retrasos por problemas internos de comunicación, ni puede el trabajador verse perjudicado por la espera de la resolución penal.

¿Puede una empresa esperar a la sentencia penal firme?

El tribunal deja claro que son procedimientos independientes.

La empresa podría haber actuado disciplinariamente sin esperar a la resolución penal definitiva. Al no hacerlo dentro de los plazos legales, la falta quedó prescrita.

Aunque la conducta era objetivamente grave y penalmente sancionada, desde el punto de vista laboral el despido resultó improcedente por extemporáneo.

Clave jurídica: prescripción laboral

Este caso recuerda que:

  • El derecho laboral tiene plazos propios.

  • La vía penal no suspende automáticamente la prescripción disciplinaria.

  • La falta de coordinación interna entre departamentos no puede perjudicar al trabajador.

¿Cómo puede ayudarte G2 Abogados?

En G2 Abogados asesoramos tanto a empresas como a trabajadores en:

  • Despidos disciplinarios

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Preguntas frecuentes

¿Puede declararse improcedente un despido aunque el trabajador haya sido condenado penalmente?

¿Cuándo prescribe una falta muy grave en el ámbito laboral?

¿Es obligatorio esperar a la sentencia penal para despedir?

¿Qué consecuencias tiene que el despido sea improcedente?

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