hijo perdida custodia

hijo perdida custodiaCuando se dicta sentencia de divorcio se emite un conjunto de medidas definitivas por las cuales los cónyuges podrán someter al tribunal los acuerdos a los que hubieran llegado para regular los efectos y consecuencias de la nulidad, separación o divorcio.

La guarda y custodia de los hijos es un punto incluido, y muy importante, en las mismas. A día de hoy, hay una gran tendencia por parte de los jueces a conceder la custodia compartida, de tal manera que sean ambos padres quienes ejerzan dicho derecho.

Sin embargo esta medida, aunque tenga el adjetivo “definitiva” no supone que tenga tal carácter, ya que se puede modificar en cualquier momento, por vía judicial, si se estima pertinente. Por tanto, la custodia compartida no es absoluta, pueden surgir factores que la modifiquen. Pero para ello, debe darse una variación de las circunstancias susceptible de generar una modificación.  Se entiende de esta forma que el cónyuge custodio que no cumpla sus obligaciones como tal y desatienda al hijo, podría ser razón de modificación.

Una forma muy común de desatender al hijo es dejándole al cuidado de sus abuelos de modo continuado y abusivo. Los Tribunales entienden que la figura del abuelo es muy importante y a veces necesaria en estas situaciones. Pero una cosa es su puntual ayuda y otra el abuso de la misma, de manera que el padre o madre, por saber que tienen ese soporte, abandonen sus obligaciones. Dicho abandono no se tiene que entender como la imposibilidad de recoger al hijo a la salida del colegio por incompatibilidad en el trabajo. Abandono es indiferencia en la vida escolar del menor, actividades diarias, sociales, alimentarias… en detrimento de sus propios intereses.

Por tanto, es posible la pérdida de la custodia de los hijos por entenderse como sustancial la desgana de los padres hacia los menores, y su atribución de toda la carga de sus cuidados a los abuelos

0/5 (0 Reviews)
CategoryFamilia
logo-footer