Pague o reciba una pensión compensatoria justa

La pensión compensatoria no se fundamenta en la necesidad asistencial. Lo que da derecho al cónyuge más desfavorecido por el desequilibrio económico generado por la ruptura a solicitar su compensación mediante una pensión a cargo del otro cónyuge menos desfavorecido, es que dicho desequilibrio provenga de la pérdida de derechos económicos o razonables expectativas por parte de este con motivo de la separación, como consecuencia de su mayor entrega y dedicación al cuidado de la familia. Por ello esta pensión deberá calcularse en cuantía y duración que le restituya la situación de probable igualdad de oportunidades laborales y económicas que le habrían correspondido de no haber contraído matrimonio.

Pensiones alimenticias

Engloban todos los gastos necesarios como la alimentación, ropa, vivienda y los gastos ordinarios regulares y fácilmente cuantificables, como guarderías, colegios, libros de texto, comedor y uniformes. La obligación de pago se fundamenta en su condición de necesarios. Si no se logra un pacto entre los progenitores en la cuantía la obligatoriedad y la asignación de cada uno, sera el Juez quien las determine.

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