Pague o reciba una pensión compensatoria justa
La pensión compensatoria no se fundamenta en la necesidad asistencial. Lo que da derecho al cónyuge más desfavorecido por el desequilibrio económico generado por la ruptura a solicitar su compensación mediante una pensión a cargo del otro cónyuge menos desfavorecido, es que dicho desequilibrio provenga de la pérdida de derechos económicos o razonables expectativas por parte de este con motivo de la separación, como consecuencia de su mayor entrega y dedicación al cuidado de la familia. Por ello esta pensión deberá calcularse en cuantía y duración que le restituya la situación de probable igualdad de oportunidades laborales y económicas que le habrían correspondido de no haber contraído matrimonio.
Pensiones alimenticias
Engloban todos los gastos necesarios como la alimentación, ropa, vivienda y los gastos ordinarios regulares y fácilmente cuantificables, como guarderías, colegios, libros de texto, comedor y uniformes. La obligación de pago se fundamenta en su condición de necesarios. Si no se logra un pacto entre los progenitores en la cuantía la obligatoriedad y la asignación de cada uno, sera el Juez quien las determine.
Velamos por los Intereses de Sus Hijos
Exponga su caso al Abogado especialista en Derecho de Familia
CUSTODIA
No Renuncie a la Patria Potestad y a la Custodia
DIVORCIOS
Hacemos Más Fácil su Proceso de Divorcio
PENSIONES
No Admita una Pensión Desequilibrada
NOTICIAS SOBRE FAMILIA
PONGASE EN CONTACTO CON NOSOTROS
Le responderemos a la mayor brevedad posible. Por favor rellene el formulario siguiente: