«Hipoteca 100% Sin avales.- Sin estar fijo», «Préstamos personales. Rápidos. Casi sin papeleo» y «Reunificación de deudas. Hasta 50% de ahorro mensual» Este fue el anuncio realizado por la entidad de intermediación financiera Credit Services S.A.

La Sala Primera del Tribunal Supremo considera que este tipo de publicidad induce al error al consumidor debido a la falta de transparencia en la comunicación de los datos básicos necesarios para que los clientes puedan tomar decisiones económicas correctas. No contiene ninguna información sobre las condiciones económicas y jurídicas de los productos y servicios ofertados, ni sobre los correspondientes gastos que puedan generar los mismos. De la misma manera, tampoco incluyen las exigencias de información sobre la tasa anual equivalente (TAE) en las ofertas de préstamo hipotecario.

Por ello, la sentencia condena a Credit Service S.A a la cesación de la publicidad cuestionada y su no reiteración en el futuro. Así mismo, deberá publicar un resumen del fallo en el periódico en el que se publicó en su día el anuncio, así como en los tablones de anuncios de las delegaciones y oficinas de Credit Services, S.A. y en su página web.

0/5 (0 Reviews)
CategoryEmpresas
logo-footer