¿Es reversible la declaración de incapacidad?
La declaración de incapacidad es revisable por el Instituto Nacional de la Seguridad Social que, en caso de apreciar mejoría en la salud del trabajador, podrá rebajar la graduación reconocida inicialmente. La resolución será concedida por el organismo público que deberá dar parte a la empresa de la situación del trabajador.
¿En qué situación queda la relación empresa-trabajador?
El artículo 48.2 del Estatuto de los Trabajadores obliga a la empresa a mantener el puesto de trabajo del empleado durante los dos años siguientes a la declaración de incapacidad para que, en caso de mejoría, pueda operar su reincorporación. Si pasados los dos años de reserva obligatoria del puesto, no se produce ni notifica mejoría alguna de la salud del trabajador, la relación laboral se extingue.
¿A qué puesto accedo tras la reincorporación?
Los Convenios Colectivos pueden recoger la obligación para la empresa de dotar al trabajador que le hayan concedido una incapacidad permanente un puesto de trabajo que sea compatible con la incapacidad.
Características de la recolocación:
- No opera desde el primer momento sino que depende de las necesidades de personal que tenga la empresa.
- En caso de que no se respete el derecho de reserva del puesto de trabajo, el trabajador podrá demandar a la empresa por despido en un plazo de 20 días hábiles.
Al trabajador se le podrá recolocar en un puesto diferente al que mantenía en el momento de la declaración de incapacidad. Así mismo, en caso de mantenerse su puesto y no poder desempeñarlo, se le deberá dar la oportunidad
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