INSPECCIÓN TRABAJO

INSPECCIÓN TRABAJOLa inspección de trabajo es “la organización administrativa responsable del cumplimiento de las normas de orden social”. Incluye los servicios de exigencia de las responsabilidades administrativas pertinentes en que puedan incurrir empresas y trabajadores. Del mismo modo asesora e informa a los mismos en materia laboral y de seguridad social.

Regulación legal de la Inspección de Trabajo

La Ley 23/2015 recoge todos los aspectos relativos al funcionamiento de la Inspección de Trabajo. Así mismo regula la intervención en casos de denuncia flagrante de la normativa social.

¿Cuándo actúa la Inspección?

La actuación puede llevarse a cabo mediante denuncia previa, motu proprio mediante actuación de oficio o mediante la solicitud de un órgano o autoridad judicial o administrativa.

En todo caso, se considerará pertinente la actuación de este órgano cuando medie incumplimiento relativo a alguna causa relacionada con las siguientes materias:

  • Servicios de vigilancia y exigencia del cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y contenido normativo de los convenios colectivos.
  • Los ámbitos de estos servicios vienen referidos a las siguientes materias:
  • Ordenación del trabajo y relaciones sindicales.
  • Prevención de riesgos laborales.
  • Normativa en materia de campo de aplicación, inscripción, afiliación, altas y bajas de trabajadores, cotización y recaudación de cuotas del sistema de la seguridad social.
  • Normas sobre obtención y disfrute de prestaciones del sistema de la Seguridad Social. Así como de las mejoras voluntarias u otros sistemas complementarios voluntarios establecidos en convenios colectivos.
  • Reglas sobre colaboración en la gestión de la Seguridad Social.
  • Normas en materia de colocación, empleo y protección por desempleo; emigración, movimientos migratorios y trabajo de extranjeros; formación profesional ocupacional y continua; empresas de trabajo temporal, agencias de colocación y planes de servicios integrados de empleo.

Como denunciar ante la Inspección de Trabajo

Los trabajadores pueden denunciar a las empresas ante la Inspección de Trabajo cuando se esté incumpliendo gravemente la normativa vigente en materia de relaciones laborales.

Para presentar una denuncia, el trabajador deberá rellenar y presentar un documento en el que consten de forma obligatoria:

  1. Nombre y datos del denunciante
  2. Datos de la empresa denunciada
  3. Relación de motivos y hechos en los que se fundamenta la demanda

Pese a ser necesaria la identificación del demandante, la actuación del Inspector será completamente anónima sin que la empresa sepa en momento alguno cuál de los trabajadores realizó la denuncia. Así mismo cualquier ciudadano puede presentar ante la Inspección denuncia cuando tenga conocimiento del incumplimiento. Advierte de situaciones de peligro o menoscabo de derechos y libertades laborales y personales de los trabajadores.

Procedimiento de actuación

Presentada la denuncia por cualquiera de las vías contempladas (presencial ante las sedes provinciales de la Inspección de Trabajo; por correo ordinario o mediante sede electrónica) analizará las pretensiones alegadas por el trabajador dando lugar al inicio del procedimiento oportuno.

Analizadas las pretensiones se decretará la fecha de Inspección día en el cual el Inspector encargado del procedimiento realizará en la sede de la empresa denunciada las investigaciones pertinentes. Finalmente y aunque el denunciante no es considerado como parte en la fase de investigación, siempre se le informará por escrito del resultado de la actuación inspectora.


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