Las pretensiones fundamentadas en la lesión de derechos fundamentales planteadas en un proceso laboral, con independencia de la modalidad procesal seguida, son recurribles en suplicación conforme a lo establecido en la sentencia de fecha 19 de septiembre de 2016 del TC.
Sentencia
Dicha sentencia otorga el amparo a una trabajadora que presentó demanda ante el Juzgado de lo Social solicitando que se declarasen vulnerados sus derechos fundamentales a la igualdad y no discriminación, a la garantía de indemnidad y a la libertad sindical reconocidos en la Constitución Española, así como la nulidad radical de la conducta empresarial, por los días no trabajados como consecuencia de la modificación sustancial impugnada.
El Juzgado de lo Social dictó sentencia desestimando la pretensión de la actora por la inexistencia de modificación sustancial de las condiciones de trabajo y de la lesión de derechos fundamentales. En la sentencia se señalaba que no cabía la interposición de recurso alguno declarando su firmeza.
No obstante, el letrado de la actora anunció recurso de suplicación por diligencia de ordenación y la empresa se opuso alegando que este asunto no era recurrible en suplicación como bien señalaba la sentencia dictada en primera instancia. Pero el TC considera lo contrario, garantiza el derecho a recurrir en suplicación previsto en el artículo 191.3 f) LRJS cuando la pretensión en el proceso se fundamente en lesiones de derechos fundamentales y libertades públicas.
Finalmente y para concluir, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo también señala que es recurrible en suplicación toda sentencia que resuelva una demanda sobre tutela de derechos fundamentales siempre que se cumplan los requisitos establecidos legalmente.
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