Donación inmueble

Donación inmueble¿Qué es un convenio regulador? El convenio regulador es un acuerdo bilateral de los cónyuges en el que se regulan las consecuencias jurídicas del matrimonio en el caso de que se produzca la separación o el divorcio. Se trata de un acto jurídico de carácter familiar en el que se distingue entre las relaciones económicas de los cónyuges y las relaciones paterno-filiales.

¿Qué es una donación? Las donaciones se encuentran reguladas en el artículo 618 (“La donación es un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta”) y siguientes del Código Civil.  Para la validez de la donación el artículo 623 establece que la donación se perfecciona desde que el donante conoce la aceptación del donatario. Pero en un convenio regulador quienes firman son los progenitores o esposos y, por ello, se había venido considerado como no válida.

¿Qué se entienda por una promesa de donación? Entendemos por promesa de donación la declaración de voluntad futura, por tanto el donatario no puede aceptarla hasta que llegue ese momento y no tiene validez ninguna, porque como requisito de aceptación está el momento de la donación.

La Sentencia del Tribunal Supremo con fecha de 18 julio de 2014, indica que la donación del inmueble familiar en convenio regulador es válida por cuanto los donatarios, es decir, los hijos, siendo menores de edad, se encuentran debidamente representados por sus padres, por lo que se produce la aceptación. Esta nueva Sentencia permitirá poder aconsejar a los clientes que incluyan pactos de donación en los convenios reguladores, superando la incertidumbre e inseguridad jurídica que hasta el momento existía.

TS Civil: “Promesa de donación de inmueble contenida en un convenio regulador de separación matrimonial, aprobado judicialmente, a favor del hijo habido en el matrimonio: No es una simple donación a favor del hijo sino un negocio jurídico complejo, de carácter familiar y oneroso que debe gozar de la fuerza vinculante del mismo en tanto no se impugne”.

 


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