atribucion vivienda familiar

atribucion vivienda familiarEl Tribunal Supremo, en sentencia de 10 de enero de 2018, ha decidido sobre la atribución de la vivienda familiar en caso de custodia compartida de hijos menores.

Se recurre en casación una sentencia de la Audiencia Provincial de Cantabria. En esta, se atribuye la custodia compartida de una menor y de forma indefinida la vivienda familiar a la madre.

Al establecerse el régimen de custodia compartida, la menor ya no residirá habitualmente en el domicilio de la madre. Con periodicidad semanal habitará en el domicilio del padre o de la madre, no existiendo una residencia familiar, sino dos.

Atribución de la vivienda a uno de los progenitores

Al alternarse la custodia entre los progenitores, el Tribunal concluye que la vivienda familiar no puede otorgarse a uno de ellos con exclusividad.

Así, se le concede a la madre un período de dos años para la transición a otra residencia. Transcurrido este plazo, la vivienda quedará supeditada al proceso de liquidación de la sociedad de gananciales.  Debe tenerse en cuenta que en este caso, la madre tiene 39 años, y que pese a su situación de desempleo es licenciada en psicología, por lo que se encuentra en condiciones de encontrar trabajo.

 


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