dimision tacita

dimision tacitaEl Tribunal Superior de Justicia de Madrid, declara nula la sentencia de primera instancia que consideraba despido improcedente el realizado a una trabajadora tras haber anunciado ella misma a su jefa de área, mediante la aplicación móvil de mensajería instantánea WhatsApp, no estar en disposición de acudir a trabajar por no encontrarse en las condiciones físicas adecuadas para desarrollar su trabajo.

El Tribunal entiende que la comunicación realizada por WhatsApp entre la empresa y la trabajadora unida al comportamiento previo de la misma (constante comunicación de ausencia al trabajo y falta de respuesta a las comunicaciones oficialmente enviadas) supone un caso de dimisión tácita por parte de la trabajadora.

Requisitos de la dimisión del trabajador

La propia Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid recoge los criterios jurisprudenciales que debe reunir la dimisión del trabajador:

  • “La dimisión del trabajador no es preciso que se ajuste a una declaración voluntaria y formal bastando que la conducta seguida por el mismo manifieste de modo indiscutido su opción por la ruptura o extinción de la relación laboral
  • La dimisión exige como necesaria una voluntad del trabajador clara, concreta, consciente, firme y terminante, reveladora de su propósito si bien en tal caso la manifestación se ha de hacer por hechos concluyentes, es decir, que no dejen margen alguno para la duda.
  • En concreto, las conductas de abandono del trabajo pueden ser unas veces simple falta de asistencia al trabajo y pueden tener otras un significado extintivo, dependiendo de la inclinación por una u otra calificación del contexto, de la continuidad, de la ausencia, de las motivaciones e impulsos que le animan y de otras circunstancias”.

 


¿Se encuentra ante esta situación? Nosotros le ayudamos a solucionarla, pídanos cita.

SOLICITE SU CITA

5/5 (1 Review)
CategoryLaboral
logo-footer