Menor extranjero

Menor extranjeroSegún la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, se fija como doctrina que el cambio de residencia al extranjero del progenitor custodio puede ser judicialmente autorizado solamente si beneficia y apuesta por el buen interés de los hijos menores bajo su custodia que se trasladen con él. La Sala Civil confirma la sentencia de un juzgado de Tomelloso, en Ciudad Real, que además de conceder la guarda y la custodia del menor a la madre, autorizó el traslado de su hijo a Brasil, que es el país de origen de la misma. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Ciudad Real, concedió la guarda y la custodia al padre y dio especial relevancia al hecho de que el menor, con nacionalidad española, se marchaba a otro país, y por tanto diferente cultura y novedoso para él sin saber y contando con la incertidumbre de si estaría (o no) en mejores condiciones que en España. Dicho pronunciamiento, anulado por el Tribunal Supremo, no responde al interés del menor afectado por dicha solución de carácter conflictivo.

A tener en cuenta:

El niño ha creado unos vínculos afectivos con su madre, con quien ha estado viviendo desde su nacimiento hasta la fecha y que ha mantenido contactos mínimos y poco frecuentes con su padre. La sentencia, como adelantábamos y damos por supuesto, afirma que en estas situaciones prima el interés del menor y no la condición de nacional, como factor para impedir el traslado y a su vez, destaca que la estabilidad del niño no es suficiente estando con su madre en España.

Conclusiones: No es posible que se obligue a la madre a continuar en un país que no es el suyo y en un ambiente de familia que tampoco es beneficioso para el niño. A su vez, la sala ha tenido en cuenta que la madre de la que hablamos, tiene otro hijo en Brasil, las malas relaciones del padre con la familia, como decíamos en líneas anteriores al hablar de que no existe un ambiente familiar favorable. Estas situaciones ponen especial relevancia e hincapié en la protección del menor y en su propio beneficio e interés, ya que se pretende que éste no sea consecuencia de más situaciones conflictivas e incómodas de las ya existentes.

 


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CategoryFamilia
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